Artículo 28 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 28.- La sociedad voluntaria se regirá estrictamente por las capitulaciones matrimoniales que la constituyan: en todo lo que no estuviere expresado en ellas de un modo terminante regirán los preceptos que arreglan la sociedad legal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.