Código Civil estatal

Artículo 365 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca

Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 365.- El tutor que fuere procesado por cualquier delito, quedará suspendido en el ejercicio de su cargo desde que se provea el auto de vinculación a proceso, hasta que se pronuncie sentencia irrevocable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 365 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca?

El tutor que fuere procesado por cualquier delito, quedará suspendido en el ejercicio de su cargo desde que se provea el auto de vinculación a proceso, hasta que se pronuncie sentencia irrevocable.

¿Está vigente el artículo 365?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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