Código Civil estatal

Artículo 469 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca

Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 469.- Cuando en la cuenta resulte alcance contra el tutor, aunque por un arreglo con la persona sujeta a tutela o sus representantes, se otorguen plazos al responsable o a sus herederos para satisfacerlo, quedarán efectivas las hipotecas y otras garantías, dadas para la administración hasta que se verifique el pago, a menos que se haya pactado expresamente lo contrario en el arreglo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 469 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca?

Cuando en la cuenta resulte alcance contra el tutor, aunque por un arreglo con la persona sujeta a tutela o sus representantes, se otorguen plazos al responsable o a sus herederos para satisfacerlo, quedarán efectivas…

¿Está vigente el artículo 469?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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