Artículo 6 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.- El matrimonio es un contrato civil celebrado entre dos personas que se unen para realizar una vida en común y proporcionarse respeto, igualdad y ayuda mutua.
El matrimonio se disuelve por muerte de alguno de los cónyuges o por el divorcio.
El Estado procurará, por todos los medios que estén a su alcance, que las personas que vivan en concubinato contraigan matrimonio. Para la realización de este fin, que es de orden público, se efectuarán campañas periódicas de convencimiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.