Artículo 650 de Código Familiar Para El Estado De Oaxaca
Código Familiar Para El Estado De Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 650.- Por renuncia o remisión de un cargo, son incapaces de heredar por testamento, los que, nombrados en él tutores, curadores o albaceas, hayan rehusado el cargo sin justa causa o por mala conducta hayan sido separados judicialmente de su ejercicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.