Código Familiar estatal

Artículo 175 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí

Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando la o el cónyuge; la concubina o el concubinario, teniendo o no tutora o tutor, ha muerto sin recobrar la capacidad legal, los herederos pueden contradecir la paternidad en los casos en que podría hacerlo el padre.

(REFORMADO, P.O. 19 DE JUNIO DE 2012)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 175 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí?

Cuando la o el cónyuge; la concubina o el concubinario, teniendo o no tutora o tutor, ha muerto sin recobrar la capacidad legal, los herederos pueden contradecir la paternidad en los casos en que podría hacerlo el…

¿Está vigente el artículo 175?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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