Artículo 550 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La nulidad y cancelación de un acta del estado civil, procederá únicamente por sentencia judicial ejecutoriada, ello cuando se alegue falsedad porque el suceso registrado no pasó.
Lo dispuesto en este artículo no es aplicable a los casos de reconocimiento voluntario de una hija o hijo, el cual se sujetará a las prescripciones de este Código.
No obstante lo anterior, podrá modificarse un acta por enmienda administrativa en los casos a que se refieren este Código y las demás disposiciones legales aplicables.
(ADICIONADO, P.O. 19 DE JULIO DE 2023)
Capítulo X De la Rectificación de las Actas del Registro Civil (REFORMADO, P.O. 19 DE JULIO DE 2023)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.