Código Familiar estatal

Artículo 79 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí

Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La sentencia sobre la nulidad del matrimonio determinará la situación de las hijas o hijos, para lo cual el padre y la madre deberán proponer la forma de solventar lo relativo a los derechos y obligaciones inherentes al cuidado, custodia y alimentos de las hijas o los hijos; de no existir este acuerdo, la autoridad judicial escuchará a los menores, con la intervención del Ministerio Público, y resolverá tomando en cuenta el interés superior de los mismos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 79 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí?

La sentencia sobre la nulidad del matrimonio determinará la situación de las hijas o hijos, para lo cual el padre y la madre deberán proponer la forma de solventar lo relativo a los derechos y obligaciones inherentes al…

¿Está vigente el artículo 79?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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