Artículo 8 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las instituciones públicas de asistencia social, públicas y privadas dedicadas a la atención de las familias, que estén debidamente certificadas por el órgano rector de la asistencia social en el Estado, realizarán cursos de preparación matrimonial, de fortalecimiento de la unión conyugal, para fomentar los valores y actitudes que consoliden la estabilidad y armonía de la familia.
(REFORMADO, P.O. 2 DE DICIEMBRE DE 2022)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.