Artículo 404 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí
Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 404. La persona tutora antes de que se le discierna el cargo prestará caución para asegurar su manejo en cualquiera de las formas legales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.