Código Civil estatal

Artículo 5 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí

Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 5°. Las hijas e hijos tienen el deber de honrar y respetar la integridad de su padre, madre y demás ascendientes; de proveer en todas sus necesidades; de cuidarlos en su condición de personas adultas mayores, de enfermedad, o del estado de interdicción en el que se encuentren.

(REFORMADO, P.O. 22 DE JULIO DE 2010)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 5 de Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí?

Las hijas e hijos tienen el deber de honrar y respetar la integridad de su padre, madre y demás ascendientes; de proveer en todas sus necesidades; de cuidarlos en su condición de personas adultas mayores, de enfermedad,…

¿Está vigente el artículo 5?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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