Código federal

Artículo 131 de Código Federal de Procedimientos Civiles

Código Federal de Procedimientos Civiles · Última reforma de referencia: 07-06-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 131.- (Se deroga).

Artículo derogado DOF 12-01-1988

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El Artículo 131 del Código Federal de Procedimientos Civiles ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el marco legal actual. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico.

Es importante tener en cuenta que la derogación puede ser parte de un proceso de actualización o modificación de las leyes, buscando adaptarlas a nuevas realidades o necesidades. En este caso, la derogación se hizo oficial en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 1988.

  • El artículo ya no es aplicable.
  • Su derogación se publicó oficialmente.
  • Forma parte de un proceso de actualización legal.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 131 de Código Federal de Procedimientos Civiles?

El Artículo 131 del Código Federal de Procedimientos Civiles ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el marco legal actual. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas del ordenamiento jurídico.…

¿Está vigente el artículo 131?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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