Código federal

Artículo 209 de Código Federal de Procedimientos Civiles

Código Federal de Procedimientos Civiles · Última reforma de referencia: 07-06-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 209.- Si un documento privado contiene juntos uno o más hechos contrarios a los intereses de su autor, y uno o más hechos favorables al mismo, la verdad de los primeros no puede aceptarse sin aceptar, al propio tiempo, la verdad de los segundos, en los límites dentro de los cuales los hechos favorables suministren, a aquel contra el cual está -producido el documento, una excepción o defensa- contra la prestación que apoyan los hechos que le son contrarios.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 209 del Código Federal de Procedimientos Civiles se refiere a la validez de los documentos privados que contienen hechos contradictorios. Si un documento presenta hechos que perjudican a su autor y otros que le benefician, no se puede aceptar la veracidad de los hechos negativos sin considerar también los positivos.

Esto significa que, al evaluar un documento, es necesario tomar en cuenta tanto los hechos que van en contra del autor como aquellos que lo favorecen. La aceptación de uno implica la aceptación del otro, siempre que los hechos favorables sirvan como defensa o excepción frente a las reclamaciones basadas en los hechos negativos.

  • Documentos privados con hechos contradictorios.
  • No se puede aceptar la verdad de los hechos negativos sin considerar los positivos.
  • Los hechos favorables pueden servir como defensa.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 209 de Código Federal de Procedimientos Civiles?

El artículo 209 del Código Federal de Procedimientos Civiles se refiere a la validez de los documentos privados que contienen hechos contradictorios. Si un documento presenta hechos que perjudican a su autor y otros que le benefician, no se puede aceptar la veracidad de los…

¿Está vigente el artículo 209?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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