Código federal

Artículo 236 de Código Federal de Procedimientos Civiles

Código Federal de Procedimientos Civiles · Última reforma de referencia: 07-06-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 236.- Otorgada la garantía de que trata el artículo anterior, la parte contraria al ejecutante puede evitar la ejecución, otorgando, a su vez, caución bastante para responder de los daños y perjuicios que se ocasionen a su contraparte por no llevarse adelante la resolución recurrida, sino hasta que se confirme, pagando el importe de los gastos de la fianza que se hubiere otorgado.

En este caso y en el del artículo anterior, la garantía se calificará con audiencia de la contraparte.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Civiles se refiere a la posibilidad de que una parte, que se opone a una ejecución, evite que esta se lleve a cabo. Para lograrlo, debe ofrecer una garantía que cubra los daños y perjuicios que podría ocasionar a la otra parte al no ejecutar la resolución que se está impugnando. Además, debe hacerse cargo de los gastos relacionados con la fianza que se haya otorgado.

Es importante mencionar que, tanto en este caso como en el mencionado en el artículo anterior, la garantía debe ser evaluada con la participación de la parte contraria.

  • Se puede evitar la ejecución ofreciendo una garantía.
  • La garantía debe cubrir posibles daños y perjuicios.
  • La parte opuesta debe ser escuchada en la evaluación de la garantía.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 236 de Código Federal de Procedimientos Civiles a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Tesis del SJF que mencionan esta ley

  • REVISIÓN FISCAL. AGRAVIOS INOPERANTES CONTRA LA NEGATIVA DE LA SALA A IMPONER UNA CORRECCIÓN DISCIPLINARIA A LA PARTE ACTORA, POR FALTAS DE…
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗

Estas son coincidencias generales. Para las tesis que realmente interpretan este artículo, con la cita exacta, pregúntale a Ian →

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 236 de Código Federal de Procedimientos Civiles?

El artículo 236 del Código Federal de Procedimientos Civiles se refiere a la posibilidad de que una parte, que se opone a una ejecución, evite que esta se lleve a cabo. Para lograrlo, debe ofrecer una garantía que cubra los daños y perjuicios que podría ocasionar a la otra parte…

¿Está vigente el artículo 236?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.