El artículo 380 del Código Federal de Procedimientos Civiles se refiere a la situación en la que una persona se niega a cumplir con una solicitud de exhibición de documentos o pruebas. En este contexto, la "exhibición" implica que alguien debe presentar ciertos elementos que son relevantes para un proceso legal.
Cuando la persona a la que se le solicita la exhibición se opone a hacerlo, su oposición no se resuelve de manera directa en el juicio principal. En cambio, se lleva a cabo un procedimiento incidental, que es un proceso adicional para abordar esta oposición específica.
- La oposición a la exhibición se tramita por un procedimiento separado.
- Este procedimiento incidental permite resolver la negativa de manera adecuada.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.