Artículo 416 de Código Federal de Procedimientos Civiles
Código Federal de Procedimientos Civiles · Última reforma de referencia: 07-06-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 416.- Si la obligación contenida sólo es cierta y determinada en parte, sólo por ésta se despachará la ejecución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.