Código federal

Artículo 183 de Código Fiscal de la Federación

Código Fiscal de la Federación · Última reforma de referencia: 31-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 183. En la página electrónica de remates del Servicio de Administración Tributaria, se especificará el período de remate, el registro de los postores y las posturas que se reciban, así como la fecha y hora de su recepción.

Cada subasta tendrá una duración de cinco días que empezará a partir de las 12:00 horas del primer día y concluirá a las 12:00 horas del quinto día. En dicho periodo los postores presentarán sus posturas y podrán mejorar las propuestas. Para los efectos de este párrafo se entenderá que las 12:00 horas corresponden a la Zona Centro.

Si dentro de los veinte minutos previos al vencimiento del plazo de remate se recibe una postura que mejore las anteriores, el remate no se cerrará conforme al término mencionado en el párrafo precedente, en este caso y a partir de las 12:00 horas del día de que se trate, el Servicio de Administración Tributaria concederá plazos sucesivos de 5 minutos cada uno, hasta que la última postura no sea mejorada. Una vez transcurrido el último plazo sin que se reciba una mejor postura se tendrá por concluido el remate.

El Servicio de Administración Tributaria fincará el remate a favor de quien haya hecho la mejor postura y efectuado el pago de la postura ofrecida, dentro de los plazos establecidos en los artículos 185 y 186 de este Código. Cuando existan varios postores que hayan ofrecido una suma igual y dicha suma sea la postura más alta, se aceptará la primera postura que se haya recibido.

Una vez fincado el remate se comunicará el resultado del mismo a través de medios electrónicos a los postores que hubieren participado en él, remitiendo el acta que al efecto se levante.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 183 del Código Fiscal de la Federación se refiere a los remates realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su página electrónica. En este espacio se indicará el período de remate, el registro de los postores y las posturas recibidas, así como la fecha y hora de recepción.

Las subastas tendrán una duración de cinco días, comenzando a las 12:00 horas del primer día y concluyendo a las 12:00 horas del quinto día. Durante este tiempo, los postores pueden presentar y mejorar sus ofertas. Si se recibe una nueva postura en los veinte minutos previos al cierre, el remate se extenderá en intervalos de cinco minutos hasta que no se presenten más mejoras. El remate se adjudicará a quien haya hecho la mejor oferta y realizado el pago correspondiente. Si hay varias ofertas iguales, se aceptará la primera recibida. Finalmente, el resultado se comunicará a los participantes por medios electrónicos.

  • Duración de remate: 5 días.
  • Extensiones de tiempo si hay mejoras en las posturas.
  • Adjudicación a la mejor postura y pago correspondiente.
  • Comunicación de resultados por medios electrónicos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 183 de Código Fiscal de la Federación?

El artículo 183 del Código Fiscal de la Federación se refiere a los remates realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su página electrónica. En este espacio se indicará el período de remate, el registro de los postores y las posturas recibidas,…

¿Está vigente el artículo 183?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 31-05-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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