Código Fiscal estatal

Artículo 221 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima

Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para efectos del artículo anterior, tratándose de vehículos habilitados para personas con discapacidad y vehículos eléctricos, los pagos de contribuciones o derechos a que se refieren las fracciones I, inciso a) números 1, 2 y 3; inciso b), números 1, 2, 3 y 4; inciso c)

números 1, 2, 3, 4 y 5; inciso d) números 1, 2, 3, 4 y 5; II, números 1 y 2; III, inciso a) números 1 y 2; inciso b) números 1 y 2; inciso c) números 1 y 2; IV, inciso a), b) y c), V; VII; IX; X y XI tendrán una reducción del 75%.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 221 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 221 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima?

Para efectos del artículo anterior, tratándose de vehículos habilitados para personas con discapacidad y vehículos eléctricos, los pagos de contribuciones o derechos a que se refieren las fracciones I, inciso a) números…

¿Está vigente el artículo 221?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.