Artículo 221 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima
Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para efectos del artículo anterior, tratándose de vehículos habilitados para personas con discapacidad y vehículos eléctricos, los pagos de contribuciones o derechos a que se refieren las fracciones I, inciso a) números 1, 2 y 3; inciso b), números 1, 2, 3 y 4; inciso c)
números 1, 2, 3, 4 y 5; inciso d) números 1, 2, 3, 4 y 5; II, números 1 y 2; III, inciso a) números 1 y 2; inciso b) números 1 y 2; inciso c) números 1 y 2; IV, inciso a), b) y c), V; VII; IX; X y XI tendrán una reducción del 75%.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.