Artículo 227 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima
Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los derechos por refrendo para la vigencia anual de placas de vehículos de uso particular, del servicio público, mercantil, privado y particular de transporte de pasajeros, los remolques, motocicletas y motonetas deberán pagarse conjuntamente en los mismos plazos establecidos en este ordenamiento, para el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
(REFORMADO, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2011)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.