Código Fiscal estatal

Artículo 229 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima

Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Por los servicios relacionados con licencias y permisos para conducir vehículos, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

I. Por expedición o reposición de permiso para conducir vehículos particulares, con vigencia única $485.00 (REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], G.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2020)

II. Por licencia tipo "A" en las siguientes modalidades, por su expedición o renovación:

(ADICIONADO, G.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2020) (REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

a). Tipo “A”, para conducir vehículos particulares $945.00 (ADICIONADO, G.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2020) (REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

b). Tipo "A1", para conducir motocicletas $473.00, y (ADICIONADO, G.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2020) (REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

c). Tipo "A2", para conducir vehículos particulares y motocicletas $945.00 III. Por licencia tarjetón tipo "B" para conducir taxis, por su expedición y renovación:

(REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

a). Por dos años $1,173.00 (REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

b). Por tres años $1,765.00 IV. Por licencia tarjetón tipo "C" para conducir vehículos de transporte de pasajeros por expedición y renovación:

(REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

a). Por dos años $1,700.00 (REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

b). Por tres años $2,553.00 V. Por licencia tarjetón tipo "D" para conducir vehículos de transporte de carga, por expedición y renovación:

(REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

a). Por dos años $1,700.00 (REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

b). Por tres años $2,553.00 (REFORMADA, G.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2019)

VI. Por licencia tarjetón tipo “E” en todas las modalidades, por expedición y renovación:

(REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

a). Por dos años $1,700.00 (REFORMADO EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

b). Por tres años $2,553.00 (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2013)

VII. Por reposición de las licencias a que se refieren las fracciones anteriores, se cobrarán las mismas cuotas que se prevén para la expedición de las mismas, y conservarán la vigencia de la licencia en reposición.

(REFORMADA, G.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2014) (REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

VIII. Por certificación de expedición de antecedente de licencia o permiso $215.00 (REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)

IX. Por expedición de antecedente de licencia o permiso $215.00 (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2019)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 229 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima?

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