Artículo 233 de Código Fiscal del Distrito Federal — Colima
Código Fiscal del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Por los servicios relacionados con la expedición de Constancia de alineamiento de inmuebles sobre la vía pública, se pagará el derecho de alineamiento de inmuebles conforme a una cuota de $50.00 por cada metro de frente del inmueble, cuya vigencia será de dos años.
(ADICIONADO, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)
Por la prórroga anual de la vigencia de la Constancia que se refiere este artículo, se pagará una cuota equivalente al 50% de los derechos causados por su expedición, lo anterior, solo si no se hubieren modificado las condiciones del inmueble señaladas en la Constancia original.
(REFORMADO, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
Están exentos del pago de los derechos previstos en este artículo, los inmuebles de dominio público de la Ciudad de México y los sujetos al régimen de dominio público de la Federación, previa declaratoria emitida por autoridad competente.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2021)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.