Artículo 64 de Código Fiscal del Estado de Baja California
Código Fiscal del Estado de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al que cometa el delito de rompimiento de sellos puestos por autoridades fiscales en el ejercicio de sus funciones, se le impondrá la pena de dos meses a seis años de prisión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.