Artículo 230 de Código Fiscal del Estado de Campeche
Código Fiscal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que dolosamente:
I. Altere o destruya los aparatos de control, sellos o marcas oficiales colocados con fines fiscales o impida que se logre el propósito para el que fueron colocados; y II. Altere o destruya las máquinas registradoras de operación de caja en las oficinas recaudadoras.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.