Código Fiscal estatal

Artículo 82 de Código Fiscal del Estado de Campeche

Código Fiscal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Al imponer las multas por la comisión de las infracciones a las disposiciones de carácter fiscal, las autoridades deberán fundar y motivar sus resoluciones, y además cuando exceda el mínimo legal, tener en cuenta lo siguiente:

I. La gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, y las circunstancias de comisión de la infracción;

II. Las agravantes cometidas; y III. Cuando la infracción no haya tenido como consecuencia el incumplimiento del pago de créditos fiscales, se impondrá el mínimo de la sanción que corresponda, salvo en caso de reincidencia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 82 de Código Fiscal del Estado de Campeche a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 82 de Código Fiscal del Estado de Campeche?

Al imponer las multas por la comisión de las infracciones a las disposiciones de carácter fiscal, las autoridades deberán fundar y motivar sus resoluciones, y además cuando exceda el mínimo legal, tener en cuenta lo…

¿Está vigente el artículo 82?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.