Código Fiscal estatal

Artículo 111 de Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua

Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El escrito de interposición del recurso deberá presentarse ante la autoridad competente para resolverlo, señalada así en el Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, dentro de los treinta días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación o ejecución del acto impugnado.

(REFORMADO, P.O. 2 DE DICIEMBRE DE 2017)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 111 de Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua?

El escrito de interposición del recurso deberá presentarse ante la autoridad competente para resolverlo, señalada así en el Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, dentro de los treinta días…

¿Está vigente el artículo 111?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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