Artículo 13 de Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua
Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las contribuciones se pagan en la fecha o dentro del plazo señalado en las disposiciones respectivas. A falta de disposición expresa, el pago deberá efectuarse:
I.- Cuando corresponda a las autoridades formular la liquidación, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que haya surtido efecto la notificación de la misma; y II.- Cuando corresponda a los contribuyentes o a los responsables solidarios determinarlo en cantidad líquida, dentro de los quince días siguientes al nacimiento de la obligación fiscal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.