Artículo 3 de Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua
Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son ingresos ordinarios las contribuciones, los productos, los aprovechamientos y las participaciones así como las aportaciones y transferencias de recursos federalizados.
Los ingresos señalados en este artículo se regularán por las leyes fiscales respectivas, por este Código y, supletoriamente, por el derecho común.
Las contribuciones se clasifican en impuestos, derechos y contribuciones de mejoras.
Los productos se regularán, además, por lo que en su caso prevengan los contratos, convenios o concesiones correspondientes.
Los ingresos estatales derivados de participaciones federales y de las aportaciones y transferencias de recursos federalizados se regularán, además, por la Ley de Coordinación Fiscal y por los convenios, acuerdos o declaratorias que al efecto se celebren o realicen.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.