Código Fiscal estatal

Artículo 88 de Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua

Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son responsables de los delitos fiscales quienes:

I.- Concierten la realización del delito;

II.- Realicen la conducta o el hecho delictivo;

III.- Participen de manera conjunta en la realización del delito;

IV.- Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo;

V.- Induzcan dolosamente a otro a cometerlo;

VI.- Ayuden dolosamente a otro para su comisión; y VII.- Auxilien a otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 88 de Código Fiscal del Estado de Colima — Chihuahua?

Son responsables de los delitos fiscales quienes: I.- Concierten la realización del delito; II.- Realicen la conducta o el hecho delictivo; III.- Participen de manera conjunta en la realización del delito; IV.- Se…

¿Está vigente el artículo 88?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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