Código Fiscal estatal

Artículo 130 de Código Fiscal del Estado de Hidalgo — Hidalgo

Código Fiscal del Estado de Hidalgo — Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

TODA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE CONFORME A LAS LEYES ESTÉ EN EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIVILES PUEDE COMPARECER ANTE LAS AUTORIDADES FISCALES DEL ESTADO POR SÍ O A TRAVÉS DE REPRESENTANTE.

(REUBICADO [N. DE E. ANTES ARTÍCULO 108], P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2011)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 130 de Código Fiscal del Estado de Hidalgo — Hidalgo?

TODA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE CONFORME A LAS LEYES ESTÉ EN EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIVILES PUEDE COMPARECER ANTE LAS AUTORIDADES FISCALES DEL ESTADO POR SÍ O A TRAVÉS DE REPRESENTANTE. (REUBICADO [N. DE E. ANTES…

¿Está vigente el artículo 130?

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¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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