Código Fiscal estatal

Artículo 12 de Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo

Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La circunstancia de que por error de liquidación se deje de cobrar alguna cantidad por concepto de créditos fiscales, no exime a los contribuyentes de pagar la diferencia que resulte a cargo de éstos al descubrirse la equivocación, sin perjuicio de la prescripción en su favor; pero al hacerse efectiva, se le eximirá de los recargos causados por la falta de pago oportuno.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 12 de Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo?

La circunstancia de que por error de liquidación se deje de cobrar alguna cantidad por concepto de créditos fiscales, no exime a los contribuyentes de pagar la diferencia que resulte a cargo de éstos al descubrirse la…

¿Está vigente el artículo 12?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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