Artículo 176 de Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las cantidades excedentes después de haber hecho la aplicación del producto del remate, venta fuera de subasta o adjudicación de los bienes secuestrados, se entregarán al embargado, salvo que medie orden escrita de autoridad competente o que el propio embargado acepte, también por escrito, que se haga entrega total o parcial del saldo a un tercero.
(REFORMADO SEGUNDO PÁRRAFO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)
En caso de conflicto, el remanente se depositará en la Secretaría, en tanto resuelven los tribunales competentes.
T R A N S I T O R I O S ARTICULO PRIMERO. El presente Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
ARTICULO SEGUNDO. Se abroga el Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo, del 22 de diciembre de 1983, publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 28 del mes y año citado.
El Ejecutivo del Estado dispondrá se publique y observe.
PALACIO DEL PODER LEGISLATIVO. Morelia, Michoacán de Ocampo, a 14 de enero de 1992.
DIPUTADO PRESIDENTE.- JOSE MOISES HERNANDEZ PAQUE.- DIPUTADO SECRETARIO.- ABRAHAM GONZALEZ NEGRETE.- DIPUTADO SECRETARIO.- REYNALDO HERRERA CHAVEZ.- (Firmados).
En cumplimiento a lo dispuesto por la fracción I del artículo 60 de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Morelia, Michoacán, a los 3 tres días del mes de febrero de 1992 mil novecientos noventa y dos.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.- EL GOBERNADOR DEL ESTADO.- DR. JAIME GENOVEVO FIGUEROA ZAMUDIO.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO.- LIC. AUSENCIO CHAVEZ HERNANDEZ.- (Firmados).
N. DE E. A CONTINUACION SE TRANSCRIBEN LOS ARTICULOS TRANSITORIOS DE LOS DECRETOS DE REFORMAS A LA PRESENTE LEY.
P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 1993, DECRETO 65.
ARTICULO UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del día 1 de enero de 1994, previa su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 1999, DECRETO 47.
ARTICULO PRIMERO.- El presente Decreto iniciará su vigencia el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
P.O. 25 DE DICIEMBRE DEL 2000, DECRETO 96.
ARTICULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1º de enero del año 2001.
ARTICULO SEGUNDO.- Para los efectos de lo dispuesto por la fracción V del artículo 74 de la Ley de agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Michoacán, el Acuerdo de cabildo mediante el cual se establezcan las cuotas y tarifas para el año 2001, se publicará durante el mes de enero de dicho año.
ARTÍCULO TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
P.O. 31 DE DICIEMBRE DEL 2003, DECRETO 429.
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto, entrará en vigor el día 1º de enero de 2004, previa su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
P.O. 29 DE MARZO DE 2004, DECRETO 438.
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
P.O. 06 DE JUNIO DE 2007, DECRETO 187.
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
P.O. 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2007, DECRETO 251.
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008, DECRETO 75.
ARTÍCULO ÚNICO.- La presente Ley, entrará en vigor el día 1º de enero de 2009, previa su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2009, DECRETO 178.
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto, entrará en vigor el día 1º primero de enero de 2010, previa su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.