Artículo 94 de Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Comete el delito de falsificación en materia fiscal:
I. El que falsifique o en cualquier otra forma, altere un documento que sea comprobante de pago de alguna contribución;
II. El que falsifique o en cualquier otra forma, altere un documento relativo a una exención, cancelación o reducción de contribuciones; y III. El que falsifique las firmas, los sellos o marcas oficiales que deban llevar alguno de los documentos a que se refieren las fracciones anteriores, o los que deban llevar las mercancías sujetas al pago de contribuciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.