Artículo 110 de Código Fiscal del Estado de Nayarit
Código Fiscal del Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Contra las resoluciones de las autoridades fiscales del Estado que determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos, exijan el pago de créditos fiscales, apliquen sanciones o que causen agravio en materia fiscal, se podrán interponer los siguientes recursos:
I.- El de revocación; y II.- El de oposición al procedimiento administrativo de ejecución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.