Artículo 130 de Código Fiscal del Estado de Nayarit
Código Fiscal del Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si las notificaciones se refieren a requerimientos para el cumplimiento de obligaciones no satisfechas dentro de los plazos legales, se causarán a cargo de quien incurrió en el incumplimiento los honorarios por notificación previstos en la Ley de Hacienda.
(REFORMADO, P.O. 8 DE NOVIEMBRE DE 2016)
Cuando se deje sin efectos una notificación practicada ilegalmente, se impondrá al notificador una multa de diez veces la UMA.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.