Código Fiscal estatal

Artículo 64 de Código Fiscal del Estado de Nayarit

Código Fiscal del Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Durante el transcurso de las prórrogas que se concedan para el pago de un crédito fiscal se causarán recargos sobre cada parcialidad pagada extemporáneamente, de acuerdo con la tasa que fije anualmente la Ley de Ingresos.

TITULO CUARTO DE LAS INFRACCIONES, DE LAS SANCIONES Y DE LOS DELITOS FISCALES CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 64 de Código Fiscal del Estado de Nayarit?

Durante el transcurso de las prórrogas que se concedan para el pago de un crédito fiscal se causarán recargos sobre cada parcialidad pagada extemporáneamente, de acuerdo con la tasa que fije anualmente la Ley de…

¿Está vigente el artículo 64?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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