Código Fiscal estatal

Artículo 100 de Código Fiscal del Estado de Puebla

Código Fiscal del Estado de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El interventor con cargo a la caja, tendrá las obligaciones siguientes:

(REFORMADA, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1995)

I.- Recuperar el monto de crédito fiscal adeudado de los ingresos de la negociación intervenida, en un plazo que no excederá de seis meses, debiéndose cubrir cuando menos el 16 % del crédito fiscal durante el primer mes, después de separar las cantidades que correspondan por concepto de salarios.

(REFORMADA, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1995)

II.- Retirar de la negociación intervenida el 10% de los ingresos en dinero, separando las cantidades que correspondan por concepto de salarios y demás créditos preferentes a que se refiere este Código, y enterarlos en la caja de la Oficina Ejecutora diariamente o a medida que efectúe la recaudación.

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2015)

Cuando el interventor tenga conocimiento de irregularidades en el manejo de la negociación o de operaciones que pongan en peligro los intereses del fisco estatal, dictará las medidas provisionales urgentes que estime necesarias para proteger dichos intereses y dará cuenta a la Autoridad Fiscal competente, la que podrá ratificarlas o modificarlas.

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2015)

Si las medidas a que se refiere el párrafo anterior no fueren acatadas, la Autoridad Fiscal competente ordenará que cese la intervención con cargo a la caja y se convierta en administrador, o bien se procederá a enajenar la negociación, conforme a este Código y las demás disposiciones legales aplicables.

(ADICIONADA, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1995)

III.- Rendir cuentas mensuales comprobadas a la Oficina Ejecutora.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2015)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 100 de Código Fiscal del Estado de Puebla a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 100 de Código Fiscal del Estado de Puebla?

El interventor con cargo a la caja, tendrá las obligaciones siguientes: (REFORMADA, P.O. 29 DE DICIEMBRE DE 1995) I.- Recuperar el monto de crédito fiscal adeudado de los ingresos de la negociación intervenida, en un…

¿Está vigente el artículo 100?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.