Artículo 72 de Código Fiscal del Estado de Puebla
Código Fiscal del Estado de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Comete el delito de falsificación o uso indebido de medios de control fiscal quien sin autorización:
(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2014)
I.- Grabe, manufacture, imprima, troquele, altere o forme con fragmentos de aquéllos las matrices, punzones, dados, clichés, negativos o las formas oficiales valoradas, así como quien los use, los ponga en circulación, los venda o, a sabiendas de su falsificación los ostente como comprobante de pago de contribuciones en perjuicio del fisco estatal; y (REFORMADA, P.O. 6 DE DICIEMBRE DE 2019)
II. Modifique, altere o ingrese información distinta a la real en las bases de datos del Registro Estatal de Contribuyentes que administre la Secretaría de Planeación y Finanzas.
(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.