Código Fiscal estatal

Artículo 76 de Código Fiscal del Estado de Puebla

Código Fiscal del Estado de Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las notificaciones de los actos administrativos se harán:

(REFORMADA, P.O. 18 DE DICIEMBRE DE 2006)

I.- Personalmente o por correo certificado con acuse de recibo los citatorios, los requerimientos, las solicitudes de informes o documentos y las resoluciones de acuerdos administrativos que puedan ser recurridos y por correo electrónico, cuando dichos actos no constituyan instancia.

En el caso de notificaciones por correo electrónico, el acuse de recibo consistirá en el documento digital con clave de identificación electrónica que transmita el destinatario al abrir el documento digital que le hubiera sido enviado.

(REFORMADA, P.O. 31 DE MARZO DE 2006)

II.- Por correo ordinario cuando se trate de actos distintos a los señalados en la fracción anterior.

(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2012)

III.- Por estrados cuando la persona a quien deba notificarse no se localice en el domicilio que haya manifestado al fisco estatal o en el lugar que manifieste ante las autoridades fiscales federales, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca o se oponga a la diligencia de notificación o se coloque en el supuesto previsto en la fracción IV del artículo 75-D.

IV.- Por edictos en el caso de que la persona a quien deba notificarse, hubiera fallecido y no se conozca al representante de la sucesión.

(REFORMADA, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2022)

V.- Por instructivo, solamente en los casos y con las formalidades a que se refiere el último párrafo del artículo 78 de este Código.

(REFORMADO, P.O. 6 DE DICIEMBRE DE 2019)

La Secretaría de Planeación y Finanzas podrá habilitar a terceros para que realicen las notificaciones previstas en la fracción I de este artículo, cumpliendo con las formalidades de este Código, en los términos de la normatividad que para tal efecto se emita.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 10 DE DICIEMBRE DE 2010)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 76 de Código Fiscal del Estado de Puebla?

Las notificaciones de los actos administrativos se harán: (REFORMADA, P.O. 18 DE DICIEMBRE DE 2006) I.- Personalmente o por correo certificado con acuse de recibo los citatorios, los requerimientos, las solicitudes de…

¿Está vigente el artículo 76?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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