Artículo 139 de Código Fiscal del Estado de Querétaro
Código Fiscal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando un recurso se interponga ante autoridad fiscal incompetente, ésta lo turnará a la que sea competente a la brevedad posible.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.