Artículo 169 de Código Fiscal del Estado de Querétaro
Código Fiscal del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando las autoridades fiscales embarguen negociaciones el depositario designado tendrá el carácter de interventor con cargo a la caja o el de administrador según el caso.
En la intervención de negociaciones será aplicable, en lo conducente, lo dispuesto en este Capítulo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.