Código Fiscal estatal

Artículo 7 de Código Fiscal del Estado de Quintana Roo

Código Fiscal del Estado de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

LOS CREDITOS O DEUDAS ENTRE LOS GOBIERNOS ESTATAL Y MUNICIPALES ASI COMO DE SUS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL SE PODRAN COMPENSAR PREVIO ACUERDO QUE CELEBREN LAS PARTES.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 28 DE ABRIL DE 2023)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 7 de Código Fiscal del Estado de Quintana Roo?

LOS CREDITOS O DEUDAS ENTRE LOS GOBIERNOS ESTATAL Y MUNICIPALES ASI COMO DE SUS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL SE PODRAN COMPENSAR PREVIO ACUERDO QUE CELEBREN LAS PARTES. (REFORMADO…

¿Está vigente el artículo 7?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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