Código Fiscal estatal

Artículo 80 de Código Fiscal del Estado de Quintana Roo

Código Fiscal del Estado de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

A QUIEN COMETA LAS INFRACCIONES SEÑALADAS EN EL ARTICULO ANTERIOR, SE LE IMPONDRAN LAS SIGUIENTES SANCIONES:

I. DE 4 A 12 VECES LA UMA, A LAS COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES I, II, VI, VII Y VIII;

II. DE 8 A 24 VECES LA UMA, A LAS COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES III Y IV, Y III. DE 10 A 30 VECES LA UMA, A LA COMPRENDIDA EN LA FRACCION V.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 80 de Código Fiscal del Estado de Quintana Roo?

A QUIEN COMETA LAS INFRACCIONES SEÑALADAS EN EL ARTICULO ANTERIOR, SE LE IMPONDRAN LAS SIGUIENTES SANCIONES: I. DE 4 A 12 VECES LA UMA, A LAS COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES I, II, VI, VII Y VIII; II. DE 8 A 24 VECES LA…

¿Está vigente el artículo 80?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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