Artículo 100 de Código Fiscal del Estado de Tabasco — Tabasco
Código Fiscal del Estado de Tabasco — Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las notificaciones por edictos se harán mediante publicaciones en cualquiera de los siguientes medios:
I. Durante tres días en el Periódico Oficial del Estado;
II. Por un día en un diario de mayor circulación; y III. Durante quince días en la página electrónica que al efecto establezcan las autoridades fiscales.
Las publicaciones a que se refiere este artículo contendrán un extracto de los actos que se notifican.
(REFORMADO, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2014)
Se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.