Artículo 133 de Código Fiscal del Estado de Tabasco
Código Fiscal del Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando las autoridades fiscales embarguen negociaciones, el depositario designado tendrá el carácter de interventor con cargo a la caja o de administrador.
(ADICIONADO, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2014)
En la intervención de negociaciones será aplicable, en lo conducente, las secciones de este Capítulo.
(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2013)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.