¿Qué establece el artículo 105 de Código Fiscal del Estado de Tamaulipas?
En cada caso, el monto total de la contribución, no podrá exceder del costo del gasto público de que se trate.
¿Está vigente el artículo 105?
El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?
Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.