Código Fiscal estatal

Artículo 171 de Código Fiscal del Estado de Yucatán

Código Fiscal del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para que un tercero asuma obligación de garantizar por cuenta de otro en alguna de las formas a que se refieren las fracciones II y V del artículo 163 de este Código, deberá cumplir con los requisitos que para cada una se establecen.

N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ARTÍCULO, VÉASE TRANSITORIO ARTÍCULO PRIMERO DEL DECRETO QUE MODIFICA EL ORDENAMIENTO.

(REFORMADO, D.O. 26 DE DICIEMBRE DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 171 de Código Fiscal del Estado de Yucatán?

Para que un tercero asuma obligación de garantizar por cuenta de otro en alguna de las formas a que se refieren las fracciones II y V del artículo 163 de este Código, deberá cumplir con los requisitos que para cada una…

¿Está vigente el artículo 171?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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