Código Fiscal estatal

Artículo 44 de Código Fiscal Municipal — CDMX

Código Fiscal Municipal — CDMX · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

CUANDO SE TRATE DE GRAVAMENES QUE SE CAUSEN PERIODICAMENTE, Y SE ADEUDEN LOS CORRESPONDIENTES A DIVERSOS PERIODOS, SI LOS PAGOS RELATIVOS A ESOS GRAVAMENES NO CUBREN LA TOTALIDAD DEL ADEUDO SE APLICARAN A CUENTA DE LOS ADEUDOS QUE CORRESPONDEN A LOS PERIODOS MAS ANTIGUOS.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 44 de Código Fiscal Municipal — CDMX?

CUANDO SE TRATE DE GRAVAMENES QUE SE CAUSEN PERIODICAMENTE, Y SE ADEUDEN LOS CORRESPONDIENTES A DIVERSOS PERIODOS, SI LOS PAGOS RELATIVOS A ESOS GRAVAMENES NO CUBREN LA TOTALIDAD DEL ADEUDO SE APLICARAN A CUENTA DE LOS…

¿Está vigente el artículo 44?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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