Artículo 15 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche
Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se aceptarán como medios de pago el efectivo en moneda nacional, los cheques de cuenta personal del deudor, cheques certificados o de caja, la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería u órgano equivalente, y la dación de bienes.
Se considera transferencia electrónica de fondos, la forma de pago que por instrucción del obligado, a través de la afectación de fondos de su cuenta, se realiza por las instituciones de crédito bancarias a favor de la Tesorería u órgano equivalente.
La Tesorería u órgano equivalente mediante Reglas, podrá autorizar otros medios de pago.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.