Código Fiscal estatal

Artículo 15 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche

Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se aceptarán como medios de pago el efectivo en moneda nacional, los cheques de cuenta personal del deudor, cheques certificados o de caja, la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería u órgano equivalente, y la dación de bienes.

Se considera transferencia electrónica de fondos, la forma de pago que por instrucción del obligado, a través de la afectación de fondos de su cuenta, se realiza por las instituciones de crédito bancarias a favor de la Tesorería u órgano equivalente.

La Tesorería u órgano equivalente mediante Reglas, podrá autorizar otros medios de pago.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 15 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche?

Se aceptarán como medios de pago el efectivo en moneda nacional, los cheques de cuenta personal del deudor, cheques certificados o de caja, la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería u órgano…

¿Está vigente el artículo 15?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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