Artículo 38 de Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche
Código Fiscal Municipal del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las resoluciones administrativas en materia fiscal de carácter individual favorables a un particular, sólo podrán ser modificadas por la Sala Administrativa del Supremo Tribunal de Justicia o en su caso, por el Tribunal de lo Contenciosos (sic) Administrativo, mediante juicio iniciado por las autoridades fiscales.
CAPÍTULO TERCERO De la Presentación de Declaraciones y Avisos ante la Autoridad Fiscal
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.