Artículo 37 de Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua
Código Fiscal Municipal del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los actos administrativos que se deban notificar deberán contener, por lo menos, los siguientes requisitos:
I. Constar por escrito;
II. Señalar la autoridad que lo emite;
III. Especificar el nombre o nombres de las personas a las que vaya dirigido, así como el domicilio. Cuando se ignore el nombre o domicilio, se señalarán los datos suficientes que permitan su identificación;
IV. Estar debidamente fundado y motivado, así como mencionar la resolución, objeto o propósito de que se trate; y V. Ostentar la firma autógrafa de la autoridad competente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.